El Consejo Directivo tendrá las siguientes atribuciones:
- Convocar a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria.
- Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.
- Aprobar la celebración de convenios con instituciones internacionales.
- Ratificar la admisión de Afiliados que haga el Comité de Membresías.
- Determinar el monto de la aportación inicial que deberán realizar los Asociados y Afiliados para la organización y gastos de administración de la Asociación, así como el monto de las aportaciones en fondos, infraestructura, equipos y/o servicios destinados al cumplimientos del objeto de la misma.
- Proponer a la Asamblea General Ordinaria el Presupuesto y los Programas de Actividades de la Asociación.
- Revisar los estados financieros de la Asociación.
- Proponer a la Asamblea General las aportaciones anuales que deberán realizar los Asociados y Afiliados.
- Formular anualmente un informe financiero y de actividades y someterlo a la aprobación de la Asamblea General.
- Revisar, conjuntamente con el Director General y con los Presidentes de los Comités, los avances de la Asociación en el cumplimiento de su objeto.
- Expedir los Reglamentos necesarios para el cumplimiento del objeto de la Asociación y del contenido de los presentes Estatutos.
- Interpretar el alcance de las disposiciones contenidas en los Estatutos, a petición de alguno de sus miembros o de sus órganos de gobierno.
- Designar a los miembros de los Comités de Membresías, Aplicaciones, Asignación de Fondos y Desarrollo de la Red, con cada uno de los cuales sostendrá reuniones de avances al menos una vez cada dos meses.
- Las demás que le correspondan de acuerdo con eSlOS Estatutos.